Vigilantes de seguridad: competencias y funciones de su trabajo.
La presencia de vigilantes de seguridad es habitual en centros comerciales, empresas, instalaciones industriales, urbanizaciones, eventos y otros espacios que requieren servicios profesionales de vigilancia y protección. Sin embargo, todavía existen dudas sobre qué funciones pueden desempeñar y cuáles quedan fuera de sus competencias.
La seguridad privada cuenta con un marco legal específico en España. La Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, establece las funciones que corresponden a los vigilantes y determina el ámbito en el que pueden desarrollar su actividad.
Conocer estas funciones permite entender mejor el papel que desempeñan estos profesionales y la importancia de contratar los servicios de una empresa de seguridad que planifique cada servicio de acuerdo con las necesidades del establecimiento o instalación.
¿Cuáles son las principales funciones de los vigilantes de seguridad?
El artículo 32 de la Ley 5/2014 establece las funciones de los vigilantes de seguridad. Entre ellas se encuentra la vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos, tanto públicos como privados, así como la protección de las personas que puedan encontrarse en ellos.
Esta función constituye una parte fundamental de los servicios de vigilancia. El profesional debe desarrollar una actividad preventiva, realizando las comprobaciones y actuaciones necesarias para proteger aquello que constituye el objeto del servicio.
La normativa también contempla otras funciones, entre ellas:
- Vigilancia y protección de bienes, establecimientos, lugares y eventos.
- Protección de las personas que se encuentren en los espacios objeto de vigilancia.
- Realización de determinados controles de identidad y de objetos, paquetería, mercancías o vehículos en los accesos o en el interior de los inmuebles donde presten servicio.
- Prevención de actos delictivos o infracciones administrativas relacionados con el objeto de su protección.
- Intervención cuando se produzca una infracción dentro del ámbito de sus competencias.
- Protección del almacenamiento, recuento, clasificación y transporte de dinero, valores y objetos valiosos, cuando corresponda al servicio.
El Ministerio del Interior recoge estas funciones en su información oficial sobre los profesionales de la seguridad privada.
Control de accesos: qué pueden hacer los vigilantes.
Una de las funciones que genera más dudas es el control de accesos. En determinados servicios, los vigilantes de seguridad pueden efectuar controles de identidad, así como controles de objetos personales, paquetería, mercancías o vehículos, incluido su interior, cuando se realicen en los accesos o dentro de los inmuebles o propiedades donde prestan servicio.
La normativa establece, además, que los vigilantes no pueden retener la documentación personal. Sin embargo, en los supuestos previstos legalmente, pueden impedir el acceso a un inmueble o propiedad cuando una persona se niegue a identificarse o a permitir el control correspondiente.
Esto permite diferenciar entre un servicio de seguridad y otras funciones de recepción, información o atención al público. Cuando el control forma parte de las funciones de seguridad privada, debe realizarse por personal habilitado y dentro del marco establecido por la normativa.
¿Puede un vigilante detener a una persona?
Esta es probablemente una de las cuestiones que más dudas genera. Los vigilantes de seguridad pueden intervenir ante la comisión de determinados hechos delictivos relacionados con el objeto de su protección y poner a los presuntos delincuentes a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
La intervención del vigilante no convierte al profesional de la seguridad privada en agente de la autoridad ni le atribuye las funciones propias de la Policía o de otros cuerpos de seguridad pública.
La Ley 5/2014 establece también la obligación de colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de comunicarles la información relevante para la seguridad ciudadana en los términos establecidos por la normativa. La actuación del vigilante debe desarrollarse, por tanto, dentro del ámbito de sus funciones y con respeto a los principios establecidos legalmente.
Además, los vigilantes no realizan interrogatorios a las personas que ponen a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. El objetivo es intervenir dentro de sus competencias y facilitar posteriormente la actuación de los cuerpos policiales correspondientes.
Qué no puede hacer un vigilante de seguridad
Conocer los límites de la profesión es tan importante como conocer sus funciones. La seguridad privada complementa la seguridad pública, pero no sustituye a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Por ello, los vigilantes de seguridad no pueden asumir de forma general funciones policiales ni actuar fuera del ámbito del servicio de seguridad que tienen encomendado.
Entre los límites que conviene tener presentes se encuentran:
- No pueden retener la documentación personal durante los controles de identidad.
- No pueden realizar interrogatorios a las personas puestas a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
- No pueden asumir funciones que correspondan exclusivamente a los cuerpos policiales.
- Sus actuaciones deben estar relacionadas con el objeto de protección y con las funciones legalmente atribuidas.
- No pueden desarrollar funciones de seguridad privada sin la correspondiente habilitación profesional.
Estos límites no reducen la importancia de su trabajo. Al contrario, permiten definir con claridad las responsabilidades de cada profesional y facilitan una adecuada coordinación entre seguridad privada y seguridad pública.
La importancia de la prevención en los servicios de vigilancia
La función de un vigilante no comienza cuando se produce un incidente. Una parte esencial de su trabajo consiste precisamente en prevenir situaciones que puedan afectar a la seguridad de las personas, los bienes o las instalaciones.
La observación del entorno, la identificación de situaciones anómalas, el cumplimiento de los protocolos establecidos y la comunicación de incidencias forman parte de una vigilancia profesional orientada a la prevención.
Por este motivo, contratar una empresa de seguridad no debería plantearse únicamente como una respuesta ante posibles problemas. La planificación previa del servicio permite determinar qué recursos son necesarios, qué zonas requieren una mayor atención y qué procedimientos deben aplicarse ante diferentes situaciones.
El propio Ministerio del Interior señala entre las funciones de los jefes de seguridad el análisis de situaciones de riesgo y la planificación y programación de las actuaciones necesarias para implantar y realizar los servicios de seguridad privada.
La coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
La seguridad privada y la seguridad pública desarrollan funciones diferentes, pero pueden existir situaciones en las que resulte necesaria su colaboración.
La normativa establece obligaciones de colaboración del personal de seguridad privada con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Cuando se produce un hecho delictivo relacionado con el objeto de protección, la actuación del vigilante puede incluir la intervención correspondiente y la puesta a disposición de los presuntos delincuentes, junto con los instrumentos, efectos o pruebas relacionados con el hecho, cuando proceda.
Esta coordinación permite que cada profesional actúe dentro de sus competencias y que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad puedan asumir posteriormente las actuaciones que les corresponden.
Para una empresa de seguridad, establecer procedimientos claros de comunicación y actuación es una parte importante de la correcta prestación de los servicios de vigilancia
Vigilantes de seguridad: profesionales con funciones específicas
La seguridad privada requiere profesionales habilitados y servicios correctamente planificados. La función del vigilante no consiste simplemente en permanecer en un determinado lugar, sino en desarrollar una actividad profesional de vigilancia, prevención y protección dentro del marco establecido por la legislación.
La presencia de vigilantes de seguridad puede ser especialmente relevante en empresas, centros comerciales, instalaciones industriales, comunidades, eventos y otros espacios donde sea necesario proteger personas y bienes.
Para que el servicio sea eficaz, también resulta fundamental que exista una adecuada definición de las funciones, una correcta supervisión y una coordinación entre el personal de seguridad, los responsables del establecimiento y, cuando sea necesario, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Una seguridad eficaz empieza por conocer las necesidades del servicio
No todos los establecimientos tienen los mismos riesgos ni necesitan los mismos recursos. Una instalación industrial, un centro comercial, una comunidad de propietarios o un evento presentan características diferentes y requieren una planificación adaptada.
Por eso, una empresa de seguridad privada debe analizar las características del servicio antes de establecer los medios humanos y técnicos necesarios. La experiencia profesional, la formación del personal, la supervisión y la adaptación de los procedimientos son elementos que contribuyen a una vigilancia más eficaz.
Entender qué pueden hacer los vigilantes y cuáles son sus límites permite también valorar correctamente el servicio que se está contratando. La seguridad privada funciona mejor cuando las funciones están claramente definidas y cada profesional conoce sus responsabilidades
Fuentes y normativa de referencia
